Vueling Airlines y sus pilotos: hasta 31-12-2028 vigencia del IV Convenio colectivo
Ficha tecnica
Resumen
Se registra y publica el IV Convenio colectivo de Vueling Airlines y sus tripulantes pilotos, que vigora hasta el 31 de diciembre de 2028 y es prorrogable. Este acuerdo se enmarca en el marco legal establecido por el Real Decreto Legislativo 2/2015, art. 90.2 y 3, y se relaciona con el convenio anterior publicado el 4 de noviembre de 2020.
En 2 claves
- Vigencia del IV Convenio colectivo hasta el 31-12-2028 (art. 90.2 y 3 del RDL 2/2015)
- Convenio prorrogable según el marco legal vigente (art. 90.2 y 3 del RDL 2/2015)
A quien afecta
Aplica a este perfil
- Empresas de transporte aéreo con tripulantes pilotos
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Consulta tu situacion concreta con el equipo.
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Consulta tu situacion concreta con el equipo.
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- Empresas de transporte aéreo con tripulantes pilotos
art. 90.2 y 3 del RDL 2/2015
Como afecta a los implicados
Los pilotos de Vueling Airlines y sus representantes sindicales quedan sujetos a las condiciones del nuevo convenio hasta 2028. Las empresas aéreas y las organizaciones sindicales deben ajustar sus prácticas laborales según el nuevo acuerdo. Los trabajadores afectados obtienen una nueva base contractual con mayor claridad en derechos y condiciones. Los asesores laborales deben actualizar sus informes y orientaciones para reflejar los cambios.
Linea de vida
Recursos BMC para esta norma
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