El Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha aprobado nuevas normas generales para el reparto de materias entre las secciones de su Sala de lo Contencioso-Administrativo (art. 1). La normativa establece una especialización por secciones que abarca desde urbanismo y extranjería hasta contratación pública, seguridad social y tributos (art. 1). Estas reglas buscan la especialización técnica y la unidad de criterio mediante la convocatoria de plenos jurisdiccionales en materias transversales como urbanismo, tributos o personal (art. 2.11).
Aplica a este perfil
art. 1
Aplica a este perfil
art. 1
Para los litigantes ante el TSJ de Madrid, la norma aporta mayor previsibilidad al definir qué sección conocerá cada materia (art. 1). Los asuntos de urbanismo se reparten entre las Secciones 1.ª y 2.ª, mientras que los recursos tributarios (IRPF, Patrimonio, Grandes Fortunas) se concentran en las Secciones 4.ª, 5.ª y 9.ª (art. 1 y 2.11). Se establece un mecanismo para resolver discrepancias de reparto por parte de la Presidencia de la Sala, con un límite de seis meses para plantear dicha discrepancia desde la entrada del asunto en la sección (art. 2.10).
El equipo fiscal revisa tu situación concreta.