La Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas asume las conclusiones y recomendaciones del Informe de fiscalización sobre los efectos de la COVID-19 en los ingresos de los ayuntamientos de comunidades autónomas sin órgano de control externo propio (punto 1). La resolución insta a estos ayuntamientos a garantizar la calidad y homogeneidad de la información comunicada al Ministerio de Hacienda (punto 3) y a basar las medidas discrecionales de ingresos en estudios previos (punto 3).
Esta normativa no afecta directamente al perfil pyme.
Esta normativa no afecta directamente al perfil autonomo.
Esta normativa no afecta directamente al perfil particular.
Esta normativa no afecta directamente al perfil gran empresa.
Esta normativa no afecta directamente al perfil no residente.
Para los ayuntamientos de comunidades sin órgano de control externo, se impone la obligación de mejorar el rigor en el suministro de información periódica al Ministerio de Hacienda según la Orden HAP/2105/2021 (punto 3). El Ayuntamiento de Santander debe revisar sus acuerdos de suministro de agua para no ceder ingresos por tasas (punto 4), el de Toledo debe automatizar la gestión contable de tasas de estacionamiento y saneamiento (punto 5), y el de Molina de Segura debe adaptar su contabilidad al principio de devengo (punto 6).
| Acción | Referencia | Plazo |
|---|---|---|
| Garantizar que la información al Ministerio de Hacienda se elabore con rigor y criterios homogéneos | punto 3 | |
| Revisar acuerdos de suministro de agua para no ceder ingresos por tasas (Ayuntamiento de Santander) | punto 4 | |
| Automatizar la gestión contable de tasas de estacionamiento y saneamiento (Ayuntamiento de Toledo) | punto 5 | |
| Adaptar sistemas contables al principio de devengo (Ayuntamiento de Molina de Segura) | punto 6 |
El equipo fiscal revisa tu situación concreta.