La Resolución de 4 de marzo de 2026 modifica el Acuerdo de 21 de julio de 2021 para ampliar los plazos de ejecución y justificación de los créditos del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (MRR) destinados a la digitalización del sistema educativo. El objetivo es permitir que las Comunidades Autónomas con remanentes puedan continuar la ejecución de los fondos y ampliar el número de beneficiarios (anexo). Las actuaciones deben desarrollarse hasta el 31 de mayo de 2026 y la justificación debe presentarse antes del 30 de junio de 2026 (apartados 8 y 14 del anexo).
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Esta normativa no afecta directamente al perfil autonomo.
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Para las Comunidades Autónomas, se extiende el margen temporal para el uso de los 989.185.000,00 euros destinados al Plan Nacional de Capacidades Digitales, permitiendo agotar remanentes (anexo). Los centros educativos y proveedores tecnológicos disponen de un plazo de ejecución que se extiende hasta el 31 de mayo de 2026 para la dotación de dispositivos y sistemas digitales (apartado 8). Las administraciones autonómicas tienen como límite máximo para la presentación de la justificación y verificación el 30 de junio de 2026 (apartado 14).
| Acción | Referencia | Plazo |
|---|---|---|
| Ejecutar actuaciones de dotación de dispositivos y sistemas digitales interactivos | apartado 8 | hasta el 31 de mayo de 2026 |
| Presentar la justificación y verificación de los fondos gestionados | apartado 14 | antes del 30 de junio de 2026 |
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