Ir al contenido
BOE-A-2026-4943 ·2 de marzo de 2026 ·Resolución Impacto medio
Laboral

Empresas ferroviarias: 17 de julio de 2024 a 16 de julio de 2028 deben aplicar el Convenio colectivo de Tarvia Mantenimiento Ferroviario

El Convenio colectivo de Tarvia Mantenimiento Ferroviario, SA, se registra y publica con efecto desde el 17 de julio de 2024 hasta el 16 de julio de 2028, conforme al artículo 90.2 y 3 del Real Decreto Legislativo 2/2015. Este periodo establece las condiciones laborales aplicables a los trabajadores del sector ferroviario en dicho convenio, sustituyendo las anteriores normas vigentes en el ámbito del mantenimiento ferroviario.

En 2 claves

  1. El convenio tiene vigencia desde el 17 de julio de 2024 hasta el 16 de julio de 2028 (art. 90.2 y 3 del RDL 2/2015)
  2. Aplica a empresas de mantenimiento ferroviario bajo el convenio de Tarvia Mantenimiento Ferroviario, SA (Resolución de 19 de febrero de 2026)

A quién afecta

Aplica a este perfil

  • Empresas de mantenimiento ferroviario
  • Con presencia en el sector ferroviario

Aplica a este perfil

  • Autónomos vinculados al mantenimiento ferroviario

Aplica a este perfil

  • Empresas ferroviarias con operaciones de mantenimiento

Cómo afecta a los implicados

Las empresas ferroviarias y sus trabajadores deben aplicar las nuevas condiciones laborales establecidas en el convenio colectivo. Los asesores laborales deben actualizar sus informes y acuerdos con los trabajadores. Las administraciones competentes deben verificar el cumplimiento del convenio en las operaciones de mantenimiento ferroviario. El periodo de vigencia termina el 16 de julio de 2028, tras lo cual se deberá evaluar si se renueva o se sustituye el convenio.

Qué hacer y antes de cuándo

Sin acción inmediata para empresas o particulares: la obligación recae en la Administración o el efecto es informativo. Si quieres, te avisamos si esta norma cambia o entra en vigor.

Línea de vida

2026-03-02PublicacionPublicación en el BOE
2024-07-17Entra en vigorEntrada en vigor (art. 90.2 y 3 del RDL 2/2015)
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Información, no asesoramiento.

¿Esta norma te afecta?

El equipo laboral revisa tu situación concreta.

Hablar con el equipo laboral
Este análisis tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento jurídico ni crea relación cliente-asesor. BM Consulting.
Email
Contacto