Empresas ferroviarias: 17 de julio de 2024 a 16 de julio de 2028 deben aplicar el Convenio colectivo de Tarvia Mantenimiento Ferroviario
Ficha tecnica
Resumen
El Convenio colectivo de Tarvia Mantenimiento Ferroviario, SA, se registra y publica con efecto desde el 17 de julio de 2024 hasta el 16 de julio de 2028, conforme al artículo 90.2 y 3 del Real Decreto Legislativo 2/2015. Este periodo establece las condiciones laborales aplicables a los trabajadores del sector ferroviario en dicho convenio, sustituyendo las anteriores normas vigentes en el ámbito del mantenimiento ferroviario.
En 2 claves
- El convenio tiene vigencia desde el 17 de julio de 2024 hasta el 16 de julio de 2028 (art. 90.2 y 3 del RDL 2/2015)
- Aplica a empresas de mantenimiento ferroviario bajo el convenio de Tarvia Mantenimiento Ferroviario, SA (Resolución de 19 de febrero de 2026)
A quien afecta
Aplica a este perfil
- Empresas de mantenimiento ferroviario
- Con presencia en el sector ferroviario
Aplica a este perfil
- Autónomos vinculados al mantenimiento ferroviario
Aplica a este perfil
- Empresas ferroviarias con operaciones de mantenimiento
Como afecta a los implicados
Las empresas ferroviarias y sus trabajadores deben aplicar las nuevas condiciones laborales establecidas en el convenio colectivo. Los asesores laborales deben actualizar sus informes y acuerdos con los trabajadores. Las administraciones competentes deben verificar el cumplimiento del convenio en las operaciones de mantenimiento ferroviario. El periodo de vigencia termina el 16 de julio de 2028, tras lo cual se deberá evaluar si se renueva o se sustituye el convenio.
Linea de vida
Recursos BMC para esta norma
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