El Convenio colectivo de Tarvia Mantenimiento Ferroviario, SA, se registra y publica con efecto desde el 17 de julio de 2024 hasta el 16 de julio de 2028, conforme al artículo 90.2 y 3 del Real Decreto Legislativo 2/2015. Este periodo establece las condiciones laborales aplicables a los trabajadores del sector ferroviario en dicho convenio, sustituyendo las anteriores normas vigentes en el ámbito del mantenimiento ferroviario.
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Las empresas ferroviarias y sus trabajadores deben aplicar las nuevas condiciones laborales establecidas en el convenio colectivo. Los asesores laborales deben actualizar sus informes y acuerdos con los trabajadores. Las administraciones competentes deben verificar el cumplimiento del convenio en las operaciones de mantenimiento ferroviario. El periodo de vigencia termina el 16 de julio de 2028, tras lo cual se deberá evaluar si se renueva o se sustituye el convenio.
Sin acción inmediata para empresas o particulares: la obligación recae en la Administración o el efecto es informativo. Si quieres, te avisamos si esta norma cambia o entra en vigor.
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