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BOE-A-2026-4745 ·28 de febrero de 2026 ·Resolución Impacto bajo
Administrativo

Prohibición de alquiler turístico: se deniega la asignación de número de registro por existir prohibición en estatutos de la comunidad

En 2 claves

  1. Se mantiene la suspensión de la asignación del número de registro de alquiler turístico por prohibición estatutaria (Resolución de 11 de noviembre de 2025)
  2. Posibilidad de recurrir mediante demanda ante el Juzgado de lo Civil en un plazo de dos meses desde la notificación (art. 325 y 328 de la Ley Hipotecaria)

A quién afecta

Aplica a este perfil

  • Propietarios de inmuebles en comunidades de vecinos con estatutos que prohíban el alquiler turístico

Qué hacer y antes de cuándo

AcciónReferenciaPlazo
Interponer demanda ante el Juzgado de lo Civil de la capital de la Provincia del inmueble art. 325 y 328 de la Ley Hipotecaria 2 meses desde la notificación

Línea de vida

2026-02-28PublicacionPublicación en el BOE
Sectores afectados
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Información, no asesoramiento.

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Este análisis tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento jurídico ni crea relación cliente-asesor. BM Consulting.
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