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Laboral

Empresas con 10+ trabajadores: 3 meses para adaptar el registro de jornada o multas de hasta 7.500 EUR/trabajador

BOE-A-2026-4673

Elaborado y revisado por el equipo editorial BMC  ·  Metodologia Publicado 28 feb 2026, 11:22

Ficha tecnica

Tipo
Real Decreto (que es?)
Identificador
BOE-A-2026-4673
Publicacion
28 feb 2026
Entrada en vigor
15 may 2026 (en vigor)

Resumen

La norma establece que las empresas con 10 o más trabajadores deben adaptar su registro de jornada a formato electrónico dentro de un plazo de tres meses, de lo contrario podrán ser sancionadas con multas de hasta 7.500 euros por trabajador. Este cambio busca modernizar la gestión de la jornada laboral y mejorar la transparencia en el registro de horas. El plazo se establece en el artículo 4.1 del Real Decreto 145/2026.

En 2 claves

  1. Empresas con 10+ trabajadores deben adaptar el registro de jornada a formato electrónico en 3 meses (art. 4.1)
  2. Multas de hasta 7.500 EUR por trabajador si no se cumple el plazo (art. 4.2)

A quien afecta

Aplica a este perfil

  • Empresas con 10 o más trabajadores
  • Sector laboral no especificado

art. 4.1

Aplica a este perfil

  • Autónomos con trabajadores a cargo podrían estar afectados si tienen empleados

Como afecta a los implicados

Para empresas de más de 10 trabajadores, implica una obligación de modernización del sistema de registro de jornada. Los asesores deben revisar los procesos internos para cumplir con el nuevo plazo. Los trabajadores no sufren cambios directos, pero la transparencia en el registro puede mejorar. Las administraciones regionales podrían facilitar el seguimiento de cumplimiento.

Que hacer y antes de cuando

Accion Referencia Plazo
Adaptar el registro de jornada a formato electrónico art. 4.1 3 meses desde entrada en vigor
Verificar cumplimiento de las sanciones por incumplimiento art. 4.2

Linea de vida

2026-02-28PublicacionPublicacion en el BOE
2026-05-15Entra en vigorEntrada en vigor (disposicion final del real decreto)

Recursos BMC para esta norma

Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Informacion, no asesoramiento.

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Este analisis tiene caracter informativo y no constituye asesoramiento juridico ni crea relacion cliente-asesor. BM Consulting.
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