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BOE-A-2026-4515 ·27 de febrero de 2026 ·Resolución Impacto bajo
Fiscal

Resolución de 24 de febrero de 2026, de la Subsecretaría, por la que se establece el procedimiento para la liquidación y el pago por vía telemática

Esta resolución establece el procedimiento para la liquidación y el pago telemático de las tasas consulares, de conformidad con la Orden AUC/1366/2025 y la Ley 9/2011. El cambio permite digitalizar el proceso de recaudación de tasas en el ámbito de la gestión consular. El procedimiento entra en vigor el 28 de febrero de 2026.

En 1 clave

  1. El procedimiento de liquidación y pago telemático de tasas consulares entra en vigor el 28 de febrero de 2026 (Efectos desde el 28 de febrero de 2026)

A quién afecta

Aplica a este perfil

  • Sujetos obligados al pago de tasas consulares

Aplica a este perfil

  • Sujetos obligados al pago de tasas consulares

Qué hacer y antes de cuándo

AcciónReferenciaPlazo
Utilizar los canales telemáticos para la liquidación y pago de tasas consulares

Línea de vida

2026-02-27PublicacionPublicación en el BOE
2026-02-28Entra en vigorEntrada en vigor (Entrada en vigor (nota del analisis oficial del BOE))
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Información, no asesoramiento.

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