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BOE-A-2026-3350 ·13 de febrero de 2026 ·Resolución Impacto bajo
Fiscal

Empresas listadas en el anexo: recuperación de la validez de sus números de identificación fiscal (NIF)

En 1 clave

  1. Rehabilitación de los NIF que figuran en el anexo de la resolución (disposición adicional sexta de la Ley 58/2003)

A quién afecta

Aplica a este perfil

  • Empresas cuya razón social y NIF figuren en el anexo de la resolución

anexo

Esta normativa no afecta directamente al perfil autonomo.

anexo

Aplica a este perfil

  • Entidades de cualquier tamaño cuyo NIF aparezca en el listado

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Cómo afecta a los implicados

Para las sociedades mercantiles y entidades listadas en el anexo, la medida supone la recuperación de su capacidad para operar fiscalmente con su NIF original, tras haber sufrido una revocación previa. Esto permite normalizar su situación ante la Administración Tributaria y el Registro Mercantil correspondiente. No se establecen nuevas obligaciones, sino la restauración de un derecho de uso del identificador fiscal.

Línea de vida

2026-02-13PublicacionPublicación en el BOE
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Información, no asesoramiento.

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Este análisis tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento jurídico ni crea relación cliente-asesor. BM Consulting.
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