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La Resolución de 10 de febrero de 2026 deroga la anterior de diciembre de 2025 y sustituye el listado de localidades y códigos postales referidos al artículo 3.2 del Real Decreto-ley 10/2025. Este cambio afecta a las operaciones comerciales en Israel y Palestina, y los efectos se aplican a partir del 13 de febrero de 2026 (art. 1). Las empresas deben asegurarse de que sus registros de localidades y códigos postales estén actualizados conforme al nuevo listado.
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art. 1
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Para empresas con operaciones en Israel o Palestina, es obligatorio actualizar sus registros de localidades y códigos postales antes del 13 de febrero de 2026. Los asesores fiscales deben revisar los datos de sus clientes afectados. Las administraciones tributarias podrían aplicar sanciones por incumplimiento si los datos no están actualizados. Los comerciantes que importan o exportan deben verificar que sus declaraciones tributarias usen el nuevo listado.
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