La Secretaría General de Pesca actualiza el censo y las posibilidades de pesca para la flota de altura, gran altura y buques palangreros (mayores y menores de 100 toneladas de registro bruto) que operan en la Comisión de Pesca del Atlántico Nordeste (art. Primero). La resolución establece las cuotas iniciales de 2026 basadas en los Totales Admisibles de Capturas (TAC) acordados por la UE y el Reino Unido (art. Tercero). Las cuotas de abadejo en las Divisiones 8a, 8b, 8d y 8e se limitan exclusivamente a capturas accesorias (art. Tercero).
Aplica a este perfil
art. Primero
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Para los armadores y entidades de la flota de altura y palangreros, la norma define el volumen de capturas permitidas y el esfuerzo pesquero asignado para el ejercicio 2026 (art. Primero). Los buques que no dispongan de posibilidades de pesca ni de esfuerzo según los anexos I y II quedarán identificados en el anexo III. Los sobrantes y deducciones de cuotas se distribuirán en una comunicación posterior a la presente resolución (art. Tercero).
| Acción | Referencia | Plazo |
|---|---|---|
| Consultar la asignación de cuotas individuales y esfuerzo pesquero en los anexos de la resolución | art. Primero y Tercero |
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