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Empresas y organismos de I+D+i: 3 meses para presentar solicitudes de ayudas por contratos de trabajo o desarrollo tecnológico

BOE-A-2026-2713

Elaborado y revisado por el equipo editorial BMC  ·  Metodologia Publicado 5 feb 2026, 20:47

Ficha tecnica

Tipo
orden (que es?)
Identificador
BOE-A-2026-2713
Publicacion
5 feb 2026
Entrada en vigor
5 feb 2026 (en vigor)

Resumen

La Orden CNU/57/2026 modifica el artículo 6.1 de la Orden CNU/692/2019, ampliando la condición de elegibilidad para ayudas destinadas a contratos de trabajo o desarrollo tecnológico. Este cambio permite que personas físicas y organismos de investigación presenten solicitudes de subvenciones en estos ámbitos, con un plazo de adaptación de tres meses desde la entrada en vigor (art. 6.1).

En 2 claves

  1. Se amplía la base de elegibilidad para contratos de trabajo y desarrollo tecnológico (art. 6.1)
  2. Plazo de adaptación de 3 meses desde la entrada en vigor (art. 6.1)

A quien afecta

Aplica a este perfil

  • Empresas de investigación o desarrollo tecnológico
  • Que presenten solicitudes de ayudas por contratos de trabajo o desarrollo tecnológico

art. 6.1

Aplica a este perfil

  • Personas físicas con actividad en I+D+i
  • Que soliciten ayudas por contratos de trabajo o desarrollo tecnológico

art. 6.1

Aplica a este perfil

  • Organismos de investigación o difusión de conocimiento
  • Que presenten solicitudes de ayudas por contratos de trabajo o desarrollo tecnológico

art. 6.1

Como afecta a los implicados

Para empresas y organismos de I+D+i, se amplía la accesibilidad a ayudas para contratos de trabajo y desarrollo tecnológico. Los asesores deben actualizar sus estrategias de financiación y orientar a los clientes hacia nuevas vías de solicitud. Los solicitantes pueden acceder a ayudas que antes no estaban disponibles, aunque deben cumplir con los nuevos criterios de presentación y plazos de solicitud.

Que hacer y antes de cuando

Accion Referencia Plazo
Revisar solicitud de ayuda para contratos de trabajo o desarrollo tecnológico art. 6.1 3 meses desde la entrada en vigor

Linea de vida

2026-02-05PublicacionPublicacion en el BOE
2026-02-05Entra en vigorEntrada en vigor (orden cnu/57/2026)

Recursos BMC para esta norma

Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Informacion, no asesoramiento.

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Este analisis tiene caracter informativo y no constituye asesoramiento juridico ni crea relacion cliente-asesor. BM Consulting.
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