La Orden CNU/57/2026 modifica el artículo 6.1 de la Orden CNU/692/2019, ampliando la condición de elegibilidad para ayudas destinadas a contratos de trabajo o desarrollo tecnológico. Este cambio permite que personas físicas y organismos de investigación presenten solicitudes de subvenciones en estos ámbitos, con un plazo de adaptación de tres meses desde la entrada en vigor (art. 6.1).
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art. 6.1
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Para empresas y organismos de I+D+i, se amplía la accesibilidad a ayudas para contratos de trabajo y desarrollo tecnológico. Los asesores deben actualizar sus estrategias de financiación y orientar a los clientes hacia nuevas vías de solicitud. Los solicitantes pueden acceder a ayudas que antes no estaban disponibles, aunque deben cumplir con los nuevos criterios de presentación y plazos de solicitud.
| Acción | Referencia | Plazo |
|---|---|---|
| Revisar solicitud de ayuda para contratos de trabajo o desarrollo tecnológico | art. 6.1 | 3 meses desde la entrada en vigor |
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