El Real Decreto 58/2026 sustituye el anexo I del RD 990/2021 por una nueva estructura de ayudas para mejoras en infraestructuras de telecomunicaciones en edificios, conforme a los arts. 47 y 60 del RD-ley 36/2020. El cambio afecta a las comunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla, que deben actualizar sus procedimientos administrativos en el plazo de 30 días naturales desde la publicación (art. 2).
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Las comunidades autónomas y las ciudades de Ceuta y Melilla deben actualizar sus procedimientos de concesión de ayudas para telecomunicaciones en edificios dentro de 30 días naturales (art. 2). El cambio permite una mayor alineación con la Adenda al Plan de Recuperación y Resiliencia ante desastres naturales. Las administraciones pierden la estructura anterior del anexo I y deben reorganizar sus procesos de evaluación y concesión. El plazo de adaptación es estricto y no contempla extensiones.
| Acción | Referencia | Plazo |
|---|---|---|
| Actualizar el anexo I de los procedimientos de concesión de ayudas para telecomunicaciones en edificios | art. 2 | 30 días naturales desde la publicación |
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