La Circular 6/2026 establece una nueva metodología para determinar la retribución anual de las empresas distribuidoras de gas natural por su actividad (art. 5.1). El nuevo modelo sustituye al de la Circular 4/2020 e introduce incentivos específicos para la digitalización, la ciberseguridad, la reducción de emisiones de metano y la promoción de gases renovables (art. 5.1). La retribución se calcula mediante una fórmula que integra la retribución base del mercado existente con componentes variables según el desempeño en estos nuevos objetivos estratégicos (art. 5.1).
Esta normativa no afecta directamente al perfil pyme.
Esta normativa no afecta directamente al perfil autonomo.
Aplica a este perfil
art. 5.1
Para las empresas distribuidoras de gas, la norma transforma su modelo de ingresos, vinculando parte de su retribución a objetivos de transición energética y seguridad tecnológica (art. 5.1). Los titulares de instalaciones deben ahora orientar sus inversiones hacia la reducción de emisiones de metano y la digitalización de redes para maximizar su retribución (art. 5.1). El periodo de cálculo para la retribución se define por el 'año de gas', comprendido entre el 1 de octubre del año anterior y el 30 de septiembre del año en curso (art. 3).
| Acción | Referencia | Plazo |
|---|---|---|
| Alinear planes de inversión con los nuevos incentivos de digitalización y reducción de metano | art. 5.1 |
El equipo mercantil revisa tu situación concreta.