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BOE-A-2026-19328 ·17 de septiembre de 2026 ·Real Decreto not-relevant
Subvenciones

Mancomunidad de Municipios del Campo de Gibraltar: adjudicación directa de subvenciones para inversiones en agua y residuos

El Real Decreto 732/2026 regula la concesión directa de subvenciones a la Mancomunidad de Municipios del Campo de Gibraltar para financiar inversiones en infraestructuras del ciclo del agua, gestión de residuos, equipamientos municipales y digitalización. La medida se fundamenta en la necesidad de mantener el nivel de inversión de 2026 y en la imposibilidad de realizar una convocatoria pública debido a la naturaleza de la entidad ejecutora (art. 22.2.c Ley 38/2003). Las ayudas son compatibles con otras fuentes de financiación siempre que no superen el coste total de las actuaciones.

En 3 claves

  1. Las subvenciones son compatibles con otras ayudas siempre que la suma no supere el coste total de las actuaciones. (art. 8)
  2. Obligación de mencionar al Ministerio de Hacienda y a la AGE en toda difusión de las actuaciones financiadas. (art. 9)
  3. El incumplimiento de las condiciones conlleva el reintegro de cantidades, ingresos generados e intereses de demora. (art. 10.1)

A quién afecta

Esta normativa no afecta directamente al perfil pyme.

Esta normativa no afecta directamente al perfil autonomo.

Esta normativa no afecta directamente al perfil particular.

Esta normativa no afecta directamente al perfil gran empresa.

Esta normativa no afecta directamente al perfil no residente.

Cómo afecta a los implicados

Para la Mancomunidad de Municipios del Campo de Gibraltar, la norma garantiza la continuidad de la financiación para proyectos estratégicos en la comarca, permitiendo la ejecución directa de inversiones sin concurrencia competitiva. Las actuaciones financiadas deben cumplir estrictamente con la obligación de publicidad institucional, mencionando al Ministerio de Hacienda y a la Administración General del Estado, bajo riesgo de reintegro (art. 9). En caso de incumplimiento de las condiciones, la entidad se enfrenta al reintegro de las cantidades percibidas más intereses de demora (art. 10.1).

Qué hacer y antes de cuándo

AcciónReferenciaPlazo
Incorporar mención al Ministerio de Hacienda y a la AGE y logotipo institucional en toda publicidad de las actuaciones art. 9

Línea de vida

2026-09-17PublicacionPublicación en el BOE
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Información, no asesoramiento.

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