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BOE-A-2026-19104 ·12 de septiembre de 2026 ·Resolución Impacto bajo
Administrativo

Entidades ejecutoras de fondos MRR: no habrá fecha límite para los gastos de actuaciones que contribuyan a hitos ya certificados

El Acuerdo del Consejo de Ministros establece que los gastos necesarios para completar actuaciones que ya han contribuido al valor declarado en los certificados de hitos u objetivos ante la Comisión Europea no tendrán fecha límite de ejecución (Primero). Esta medida busca resolver la incertidumbre sobre el cierre de los fondos del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (MRR) frente al plazo improrrogable de hitos del 31 de agosto de 2026. La medida se aplica solo a actuaciones iniciadas que contribuyan a hitos incluidos en solicitudes de pago presentadas o por presentar dentro de los plazos establecidos (Segundo).

En 3 claves

  1. Los gastos de actuaciones que contribuyan a hitos u objetivos certificados no tendrán fecha límite de ejecución, art. Primero (art. Primero)
  2. La medida se limita a actuaciones iniciadas que contribuyan al valor declarado en solicitudes de pago presentadas o por presentar, art. Segundo (art. Segundo)
  3. El expediente de gasto debe incluir certificado de vinculación del gasto al hito y su certificación en plazo, art. Cuarto (art. Cuarto)

A quién afecta

Esta normativa no afecta directamente al perfil pyme.

art. Tercero

Esta normativa no afecta directamente al perfil autonomo.

art. Tercero

Esta normativa no afecta directamente al perfil particular.

art. Tercero

Aplica a este perfil

  • Solo si la empresa actúa como entidad ejecutora o decisora dentro del sistema de gestión del PRTR

art. Tercero

Cómo afecta a los implicados

Para las entidades y órganos que gestionan fondos del PRTR (según Orden HFP/1030/2021), se elimina el riesgo de pérdida de financiación por el vencimiento de plazos en gastos derivados de hitos ya certificados (Primero). Estas entidades deberán incluir en sus expedientes un certificado que vincule los gastos a las actuaciones que contribuyeron al valor declarado ante la Comisión y confirme que dichos hitos se certificaron en plazo (Cuarto). La certificación será suficiente para el ejercicio de la función interventora respecto a la temporalidad de la ejecución (Quinto).

Qué hacer y antes de cuándo

AcciónReferenciaPlazo
Incluir en el expediente de gasto certificado de la entidad decisora/ejecutora vinculando el gasto al hito del PRTR art. Cuarto
Asegurar que el certificado conste que los hitos se han certificado en plazo y se han incluido en solicitud de pago art. Cuarto

Línea de vida

2026-09-12PublicacionPublicación en el BOE
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Información, no asesoramiento.

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Este análisis tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento jurídico ni crea relación cliente-asesor. BM Consulting.
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