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BOE-A-2026-17753 ·14 de agosto de 2026 ·orden Impacto medio
Subvenciones

Agricultores: se definen los bienes, rendimientos y precios para el seguro de cultivos herbáceos extensivos

La Orden APA/863/2026 establece las condiciones técnicas, bienes asegurables y precios unitarios para el seguro de explotaciones de cultivos herbáceos extensivos dentro del Cuadragésimo Séptimo Plan de Seguros Agrarios Combinados (art. 1). La norma detalla las variedades de cereales, leguminosas, oleaginosas y arroz que pueden ser objeto de cobertura, así como la inclusión de paja y sistemas de riego bajo condiciones específicas (art. 1.1). Asimismo, organiza los cultivos en 6 grupos para el cálculo de indemnizaciones y siniestros mínimos (art. 1.2).

En 3 claves

  1. Se establecen 6 grupos de cultivos para el cálculo de indemnizaciones y siniestro mínimo (art. 1.2). (art. 1.2)
  2. Son asegurables la paja de cereales de invierno y las instalaciones de cabezal y red de riego (art. 1.1). (art. 1.1)
  3. Las parcelas de secano con esperanzas de producción superiores a las declaradas pueden contratar seguro complementario (art. 1.3). (art. 1.3)

A quién afecta

Aplica a este perfil

  • Empresas agrarias con explotación de cultivos herbáceos extensivos

art. 1.1

Aplica a este perfil

  • Explotación de cultivos herbáceos extensivos (cereales, leguminosas, oleaginosas, etc.)

art. 1.1

Esta normativa no afecta directamente al perfil particular.

Cómo afecta a los implicados

Para los agricultores y explotaciones agrarias, la norma determina qué cultivos y qué infraestructuras (como cabezales de riego) pueden proteger mediante el seguro agrario (art. 1.1). Define la agrupación de especies para el cálculo de indemnizaciones, lo que afecta directamente a la cuantía de las compensaciones en caso de siniestro (art. 1.2). Los productores de faba-granja asturiana deben cumplir con el registro de parcelas del Consejo Regulador para acceder a la cobertura (art. 1.1).

Qué hacer y antes de cuándo

AcciónReferenciaPlazo
Verificar que las variedades de cultivo y sistemas de riego cumplen las especificaciones técnicas para su aseguramiento art. 1.1
Asegurar la inscripción en el Registro de parcelas del Consejo Regulador en caso de cultivar faba-granja asturiana art. 1.1

Línea de vida

2026-08-14PublicacionPublicación en el BOE
Sectores afectados
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Información, no asesoramiento.

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