Se registra y publica el convenio colectivo de la empresa Vocento.Medios, SAU para el periodo 2026-2028. El acuerdo establece las normas básicas de las condiciones mínimas de trabajo para la plantilla de la empresa en todo el territorio nacional (art. 1 y 2). Los efectos económicos del convenio se retroactúan al 1 de enero de 2026 (art. 4).
Esta normativa no afecta directamente al perfil particular.
Aplica a este perfil
art. 3
Para los trabajadores de Vocento.Medios, SAU, el convenio garantiza la aplicación de condiciones laborales pactadas con antelación, con efectos económicos retroactivos al inicio del ejercicio 2026 (art. 4). Para la empresa, el acuerdo establece un marco de estabilidad para los próximos tres años, con un mecanismo de prórroga automática si no se denuncia con tres meses de antelación (art. 5.1).
| Acción | Referencia | Plazo |
|---|---|---|
| Aplicar las condiciones económicas pactadas con efectos retroactivos | art. 4 | desde el 1 de enero de 2026 |
| Notificar la denuncia del convenio con la antelación mínima requerida | art. 5.1 | 3 meses antes de la finalización de la vigencia |
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