Se registra y publica el XXIV Convenio colectivo de Contratas Ferroviarias, que regula las relaciones laborales en servicios de desinfección, limpieza, carga/descarga y maniobras ferroviarias (art. 2). El convenio tiene una vigencia de cuatro años, finalizando el 31 de diciembre de 2029 (art. 4). Aunque entra en vigor el día siguiente a su publicación, sus efectos económicos se retrotraen al 1 de enero de 2026 (art. 3).
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Para las empresas concesionarias de servicios ferroviarios (limpieza, mantenimiento, maniobras, etc.), el convenio impone la aplicación de nuevas condiciones económicas con carácter retroactivo al inicio del año 2026 (art. 3). Las personas trabajadoras del sector de contratas ferroviarias ven garantizada la aplicación de este marco normativo en todo el territorio nacional (art. 1).
| Acción | Referencia | Plazo |
|---|---|---|
| Aplicar las nuevas condiciones económicas con efectos retroactivos al 1 de enero de 2026 | art. 3 | inmediato |
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