El Instituto Catalán de la Viña y el Vino ha resuelto favorablemente la modificación normal del pliego de condiciones de la Denominación de Origen Protegida (DOP) Penedès (resolución 1. Adoptar la decisión favorable...). Tras finalizar el trámite de oposición sin alegaciones, el expediente será remitido al Ministerio de Agricultura para su posterior envío a la Comisión Europea (art. 4). El nuevo pliego está disponible en la web del INCAVI.
Aplica a este perfil
resolución 1
Esta normativa no afecta directamente al perfil particular.
Para los productores y empresas vitivinícolas integradas en la DOP Penedès, esta resolución implica la entrada en vigor de un nuevo marco normativo de producción y control (resolución 1). Los afectados deben consultar el pliego modificado para asegurar el cumplimiento de las nuevas condiciones técnicas. Existe la posibilidad de interponer recurso de alzada en el plazo de un mes (art. 76 Ley 26/2010).
| Acción | Referencia | Plazo |
|---|---|---|
| Consultar el nuevo pliego de condiciones modificado en la web del INCAVI | resolución 3 | |
| Interponer recurso de alzada si se disiente de la resolución | art. 76 de la Ley 26/2010 | 1 mes desde el día siguiente a la publicación en el DOGC |
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