El Instituto Catalán de la Viña y el Vino ha resuelto favorablemente la modificación normal del pliego de condiciones de la Denominación de Origen Protegida (DOP) Costers del Segre (resolución 1. Adoptar la decisión favorable...). Tras finalizar el trámite de oposición sin alegaciones, el expediente será remitido al Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación para su posterior envío a la Comisión Europea (art. 4).
Aplica a este perfil
art. 1
Esta normativa no afecta directamente al perfil particular.
Para los productores y viticultores integrados en la DOP Costers del Segre, esta resolución implica la entrada en vigor de las nuevas condiciones técnicas y de producción contenidas en el pliego modificado (art. 3). El nuevo pliego está disponible para consulta en la web del Instituto Catalán de la Viña y el Vino. Los interesados disponen de un mes para interponer recurso de alzada si lo consideran necesario (art. 76 Ley 26/2010).
| Acción | Referencia | Plazo |
|---|---|---|
| Consultar el nuevo pliego de condiciones modificado en la web del INCAVI | art. 3 | |
| Interponer recurso de alzada si se impugna la resolución | art. 76 de la Ley 26/2010 | 1 mes desde el día siguiente a la publicación en el DOGC |
El equipo administrativo revisa tu situación concreta.