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BOE-A-2026-16148 ·24 de julio de 2026 ·Resolución Impacto bajo
Administrativo

Navegación en la Ría de Pontevedra: nuevas reglas para el control del tráfico marítimo y procedimientos de entrada

La Autoridad Portuaria de Marín y Ría de Pontevedra aprueba una nueva Ordenanza portuaria para regular el control del tráfico marítimo en su zona de servicio (art. 1). La norma establece procedimientos obligatorios para la notificación en puntos de recalada, la autorización de entrada en la ría, las normas de navegación y el embarque del práctico (art. 4). Se integra en el marco de competencias de las Autoridades Portuarias según el Real Decreto Legislativo 2/2011 (preámbulo).

En 2 claves

  1. Regulación de procedimientos de entrada, notificación en puntos de recalada y autorización de navegación (art. 4.1, 4.3). (art. 4.1)
  2. Establecimiento de un régimen disciplinario para las infracciones cometidas en la zona de servicio (art. 5). (art. 5)

A quién afecta

Aplica a este perfil

  • Empresas de servicios portuarios, remolcadores o transporte marítimo que operen en la Ría

art. 2

Aplica a este perfil

  • Navegantes que operen en la zona de servicio de la Ría de Pontevedra

art. 2

Cómo afecta a los implicados

Para los operadores de buques y empresas de servicios marítimos, la ordenanza impone un régimen estricto de notificaciones y autorizaciones previas para maniobras, fondeos y trabajos a bordo (art. 4). Los buques que operen con mercancías peligrosas no declaradas o presenten deficiencias técnicas quedan sujetos a procedimientos de retención y control específicos (art. 4.16 y 4.17). El incumplimiento de estas normas de navegación y control de tráfico activará el régimen disciplinario previsto en la norma (art. 5).

Qué hacer y antes de cuándo

AcciónReferenciaPlazo
Cumplir con los procedimientos de notificación y autorización de entrada en la Ría art. 4.1, 4.3
Acatar las normas de navegación y de comunicación con el control de tráfico marítimo art. 4.5

Línea de vida

2026-07-24PublicacionPublicación en el BOE
Sectores afectados
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Información, no asesoramiento.

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