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BOE-A-2026-16006 ·22 de julio de 2026 ·Resolución Impacto bajo
Administrativo

Usuarios de telecomunicaciones: se aprueba la Carta de Servicios de la Subdirección General de Atención al Usuario para el periodo 2026-2029

Se aprueba la Carta de Servicios de la Subdirección General de Atención al Usuario de Telecomunicaciones y Servicios Digitales para el periodo 2026-2029. Este documento establece los compromisos de calidad, los derechos de los usuarios y la información sobre los servicios encomendados a dicha unidad (art. 8 Real Decreto 951/2005). La resolución garantiza la transparencia sobre la prestación de servicios digitales y de telecomunicaciones.

En 2 claves

  1. Vigencia de la Carta de Servicios desde el día siguiente a la publicación de la resolución en el BOE (Primero)
  2. Obligación de publicar la Carta en la web del Ministerio, redes sociales, Portal de Transparencia y PAGe (Segundo)

A quién afecta

Aplica a este perfil

  • Usuarios de servicios de telecomunicaciones y servicios digitales

art. 8 Real Decreto 951/2005

Cómo afecta a los implicados

Para los usuarios de servicios de telecomunicaciones y servicios digitales, la norma permite conocer de forma oficial los estándares de calidad y los derechos que les asisten frente a la Administración (art. 8 Real Decreto 951/2005). La disponibilidad de esta información en el Portal de Transparencia y el Punto de Acceso General (PAGe) facilita el ejercicio de derechos y la reclamación de servicios (segundo).

Línea de vida

2026-07-22PublicacionPublicación en el BOE
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Información, no asesoramiento.

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