La Dirección General de Alimentación anula las resoluciones de 21 de diciembre de 2021 que favorecían la continuación del registro de la IGP «Jamón Serrano» y la anulación de la ETG «Jamón Serrano» (Resolución de 10 de julio de 2026). Esta decisión responde a la sentencia firme del TSJ de Madrid que detectó defectos de tramitación esenciales. El expediente debe retrotrayarse al momento anterior a dichas resoluciones para integrar y valorar el informe de la Oficina Española de Patentes y Marcas (Resolución de 10 de julio de 2026).
Aplica a este perfil
Resolución de 10 de julio de 2026
Aplica a este perfil
Resolución de 10 de julio de 2026
Para los productores y entidades interesadas en la protección de la denominación «Jamón Serrano», el procedimiento de registro de la IGP y la situación de la ETG quedan en un estado de suspensión técnica respecto a las decisiones anuladas. La Administración debe reabrir el trámite para valorar el informe de la OEPM, lo que implica una demora en la resolución definitiva del conflicto de propiedad industrial y de calidad alimentaria (Resolución de 10 de julio de 2026).
| Acción | Referencia | Plazo |
|---|---|---|
| Aguardar a la nueva resolución tras la valoración del informe de la OEPM | Resolución de 10 de julio de 2026 |
El equipo administrativo revisa tu situación concreta.