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BOE-A-2026-15547 ·16 de julio de 2026 ·Resolución not-relevant
Administrativo

Prohibición de alquiler turístico: se desestima recurso que pretendía eludir la restricción de uso residencial en estatutos de comunidad

La Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública ha desestimado un recurso contra la suspensión de la asignación de un número de registro para alquiler turístico. La decisión se basa en que los estatutos de la propiedad horizontal prohíben expresamente usos distintos al residencial, incluyendo específicamente el tiempo compartido o 'time-sharing'. El defecto es subsanable únicamente mediante la inscripción de una modificación estatutaria que derogue dicha prohibición.

En 2 claves

  1. El defecto de uso no residencial es subsanable mediante la inscripción de la modificación estatutaria que derogue la prohibición (texto fuente)
  2. Plazo de dos meses para recurrir mediante demanda ante el Juzgado de lo Civil desde la notificación (art. 325 y 328 de la Ley Hipotecaria)

A quién afecta

Aplica a este perfil

  • Propietarios de viviendas en comunidades con estatutos que prohíban usos no residenciales
  • Interesados en obtener número de registro para alquiler turístico

texto fuente

Cómo afecta a los implicados

Para los propietarios de viviendas en comunidades con estatutos que limiten el uso a residencial, el alquiler turístico de corta duración sigue estando prohibido, impidiendo la obtención del número de registro necesario (texto fuente). Para la comunidad de propietarios, se mantiene la protección frente a la afluencia de personas desconocidas y el tránsito constante. El propietario afectado solo podrá realizar esta actividad si logra la modificación de los estatutos de la comunidad.

Qué hacer y antes de cuándo

AcciónReferenciaPlazo
Presentar demanda ante el Juzgado de lo Civil de la capital de la Provincia en caso de disconformidad art. 325 y 328 de la Ley Hipotecaria 2 meses desde la notificación
Inscribir modificación estatutaria que derogue la prohibición de uso no residencial texto fuente

Línea de vida

2026-07-16PublicacionPublicación en el BOE
Sectores afectados
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Información, no asesoramiento.

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