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BOE-A-2026-15378 ·15 de julio de 2026 ·Resolución Impacto medio
Laboral

Desempleados: posibilidad de realizar trámites de prestaciones por vía telefónica y telemática con sistemas de identificación alternativos

La resolución habilita la realización de trámites y actuaciones relativos a las prestaciones por desempleo a través de canales telefónicos y telemáticos (art. 129.4 LGSS). Se autoriza el uso de sistemas de identificación distintos de la firma electrónica, como Cl@ve, certificados electrónicos cualificados, códigos de un solo uso o datos de contraste, siempre que garanticen la identidad y la voluntad del interesado (art. 10.2.c Ley 39/2015). Estos medios se consideran plenamente válidos para producir los mismos efectos jurídicos que la identificación presencial.

En 2 claves

  1. Habilitación de trámites por canal telefónico y telemático para prestaciones por desempleo (art. 129.4 LGSS)
  2. Uso de sistemas de identificación alternativos (Cl@ve, certificados, códigos de un solo uso) con plena validez jurídica (art. 10.2.c Ley 39/2015)

A quién afecta

Aplica a este perfil

  • Personas interesadas en trámites de prestaciones por desempleo

art. 129.4 LGSS

Cómo afecta a los implicados

Para los particulares en situación de desempleo, se facilita el acceso a las prestaciones sin necesidad de comparecencia física, permitiendo la gestión mediante canales más flexibles como el telefónico o telemático (art. 10 Ley 39/2015). La norma reduce las cargas administrativas al permitir sistemas de identificación proporcionales al riesgo del trámite, como el uso de códigos de un solo uso o Cl@ve. La implementación de biometría queda supeditada a su operatividad técnica futura.

Qué hacer y antes de cuándo

Sin acción inmediata para empresas o particulares: la obligación recae en la Administración o el efecto es informativo. Si quieres, te avisamos si esta norma cambia o entra en vigor.

Línea de vida

2026-07-15PublicacionPublicación en el BOE
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Información, no asesoramiento.

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Este análisis tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento jurídico ni crea relación cliente-asesor. BM Consulting.
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