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BOE-A-2026-15302 ·14 de julio de 2026 ·orden Impacto bajo
Administrativo

Proveedores de productos ortoprotésicos: implementación obligatoria del identificador de producto (UDI-DI)

La Orden SND/715/2026 modifica la normativa vigente para actualizar el catálogo de prestación ortoprotésica suplementaria y regular su gestión. La principal novedad es la introducción del identificador de producto (UDI-DI) para los productos ortoprotésicos financiados por el Sistema Nacional de Salud (Sección II). Esta medida busca la modernización y digitalización de la prestación en el marco del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.

En 2 claves

  1. Implementación del identificador de producto (UDI-DI) para productos ortoprotésicos de la prestación suplementaria (Sección II). (Sección II)
  2. La norma se alinea con el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia para fomentar la digitalización y equidad de la prestación. (Sección I)

A quién afecta

Aplica a este perfil

  • Empresas proveedoras de productos ortoprotésicos financiados por el SNS

Sección II

Aplica a este perfil

  • Profesionales o empresas individuales que comercialicen productos ortoprotésicos sujetos a la prestación suplementaria

Sección II

Cómo afecta a los implicados

Para los proveedores y fabricantes de productos ortoprotésicos, la norma impone la necesidad de adoptar el sistema de identificación UDI-DI para los productos financiados por la Seguridad Social (Sección II). Esto implica una adaptación en la trazabilidad y gestión digital de sus productos. Para el Sistema Nacional de Salud, la medida permite una mayor sostenibilidad y control mediante la digitalización de la gestión de la prestación.

Qué hacer y antes de cuándo

AcciónReferenciaPlazo
Adoptar el sistema de identificación de producto UDI-DI para los productos ortoprotésicos financiados Sección II

Línea de vida

2026-07-14PublicacionPublicación en el BOE
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Información, no asesoramiento.

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