Ir al contenido
BOE-A-2026-15282 ·13 de julio de 2026 ·Resolución not-relevant
Subvenciones

Partidos políticos con representación en el Congreso: abono de subvenciones estatales por funcionamiento ordinario (2º trimestre 2026)

La Dirección General de Política Interior publica las cuantías de las subvenciones estatales anuales destinadas a cubrir los gastos de funcionamiento ordinario de los partidos políticos con representación en el Congreso de los Diputados (art. 3.1 LO 8/2007). Estas subvenciones se abonan en doce mensualidades y corresponden al segundo trimestre del ejercicio 2026. El montante se financia con cargo a los Presupuestos Generales del Estado (programa 924M).

En 1 clave

  1. Subvenciones anuales no condicionadas para gastos de funcionamiento ordinario (art. 3.1 LO 8/2007)

A quién afecta

Esta normativa no afecta directamente al perfil pyme.

Esta normativa no afecta directamente al perfil particular.

Cómo afecta a los implicados

Para las formaciones políticas con representación parlamentaria, esta resolución formaliza el cobro de la cuota trimestral de su subvención anual no condicionada (art. 3.1 LO 8/2007). El Partido Popular y el PSOE perciben las mayores cuantías, superando ambos los 3,7 millones de euros en este trimestre. No se prevén obligaciones de actuación para otros actores económicos o sectores privados.

Qué hacer y antes de cuándo

Sin acción inmediata para empresas o particulares: la obligación recae en la Administración o el efecto es informativo. Si quieres, te avisamos si esta norma cambia o entra en vigor.

Línea de vida

2026-07-13PublicacionPublicación en el BOE
Sectores afectados
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Información, no asesoramiento.

¿Esta norma te afecta?

El equipo subvenciones revisa tu situación concreta.

Hablar con el equipo subvenciones
Este análisis tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento jurídico ni crea relación cliente-asesor. BM Consulting.
Email
Contacto