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BOE-A-2026-15127 ·10 de julio de 2026 ·Resolución Impacto medio
Administrativo

Operadores eléctricos: 11 de julio de 2026 para modificar el apartado 29 del P.O. 14.4

La Resolución de 30 de junio de 2026 modifica el apartado 29 del P.O. 14.4 para fomentar la prestación dinámica del servicio de control de tensión. Amplía el plazo establecido en el resuelve 2 de la Resolución de 12 de junio de 2025 hasta el 11 de julio de 2026. El cambio afecta a los operadores eléctricos que gestionan el control de tensión en redes de distribución.

En 2 claves

  1. Modificación del apartado 29 del P.O. 14.4 para fomentar control dinámico de tensión (resuelve 2)
  2. Plazo ampliado hasta el 11 de julio de 2026 (resuelve 2)

A quién afecta

Esta normativa no afecta directamente al perfil pyme.

Esta normativa no afecta directamente al perfil startup.

Esta normativa no afecta directamente al perfil autonomo.

Esta normativa no afecta directamente al perfil particular.

Aplica a este perfil

  • Operadores eléctricos de redes de distribución

resuelve 2

Esta normativa no afecta directamente al perfil no residente.

Cómo afecta a los implicados

Los operadores eléctricos deben ajustar sus procedimientos de control de tensión antes del 11 de julio de 2026 para cumplir con la modificación del apartado 29 del P.O. 14.4. El plazo ampliado permite una transición más flexible, aunque no se especifican consecuencias económicas ni sanciones. No afecta a consumidores ni a empresas generadoras directamente.

Qué hacer y antes de cuándo

AcciónReferenciaPlazo
Actualizar procedimientos de control de tensión según el apartado 29 del P.O. 14.4 resuelve 2 2026-07-11

Línea de vida

2026-07-10PublicacionPublicación en el BOE
Sectores afectados
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Información, no asesoramiento.

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