Esta resolución corrige errores materiales en la Resolución de 24 de junio de 2026, que regula la campaña 2026 para la flota del censo unificado de palangre de superficie para la pesca de tintorera en el Atlántico (art. Segundo). La rectificación actualiza los límites de volumen de capturas individuales para buques con Autorización para la Flota Pesquera Exterior (APFE) en el Atlántico norte, sur y mixtos (Anexos I, II y III).
Aplica a este perfil
Anexos I, II y III
Esta normativa no afecta directamente al perfil particular.
Para los armadores y propietarios de buques incluidos en el censo unificado de palangre de superficie, la norma establece con precisión el límite de capturas de tintorera que pueden realizar en la campaña 2026 (Anexos I, II y III). Los buques con APFE para el Atlántico norte tienen un límite de 469.410,23 kg (Anexo I), mientras que los de la zona 4 (Atlántico sur) cuentan con 430.974,83 kg (Anexo II). Los buques con autorizaciones mixtas deben observar los límites específicos desglosados por océano (Anexo III).
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