La Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública confirma que, ante el cambio de titularidad de una vivienda de uso turístico, es preceptiva la presentación de una nueva declaración responsable (art. 23.bis.3 Decreto 10/2021 de la Comunitat Valenciana). Esta obligación se mantiene incluso si la inscripción anterior seguía vigente, debiendo acreditarse la presentación ante el Registro de Turismo y, si la presentación es posterior al 3 de abril de 2025, la autorización expresa de la Comunidad de Propietarios.
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art. 23.bis.3
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Para los nuevos propietarios de viviendas destinadas al alquiler turístico, el cambio de titularidad no implica la continuidad automática de la actividad, sino la obligación de reiniciar el trámite de declaración responsable (art. 23.bis.3 Decreto 10/2021). Los propietarios que realicen este trámite después del 3 de abril de 2025 deben obtener adicionalmente el consentimiento de la Comunidad de Propietarios para evitar la suspensión de la inscripción.
| Acción | Referencia | Plazo |
|---|---|---|
| Presentar nueva declaración responsable ante el Registro de Turismo tras cambio de titularidad | art. 23.bis.3 Decreto 10/2021 | |
| Acreditar autorización expresa de la Comunidad de Propietarios si la presentación es posterior al 03/04/2025 | art. 23.bis.3 |
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