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BOE-A-2026-14763 ·8 de julio de 2026 ·Real Decreto Impacto alto
Subvenciones

Las explotaciones agrarias de titularidad compartida: 30 días para presentar solicitud de subvención mediante el sistema integrado de gestión y con…

El Real Decreto 537/2026 modifica el anexo XI del RD 938/2025 para establecer que las explotaciones agrarias de titularidad compartida deben presentar sus solicitudes de subvención mediante el sistema integrado de gestión y control. Se añade una disposición transitoria 4 al RD 1048/2022 y se modifican los artículos 2, 6, 8, 11 del RD 938/2025, así como los artículos 4 y 9 del RD 819/2021. El plazo para presentar la solicitud es de 30 días desde la publicación (art. 2 del anexo XI).

En 3 claves

  1. Las explotaciones de titularidad compartida deben usar el sistema integrado de gestión y control (anexo XI del RD 938/2025)
  2. Plazo de 30 días para presentar la solicitud desde la publicación (art. 2 del anexo XI del RD 938/2025)
  3. Se añade una disposición transitoria 4 al RD 1048/2022 (disposicion transitoria 4 del RD 1048/2022)

A quién afecta

Aplica a este perfil

  • Tienen explotaciones agrarias de titularidad compartida
  • No se especifica sector ni tamaño mínimo

anexo XI del RD 938/2025

Esta normativa no afecta directamente al perfil autonomo.

anexo XI del RD 938/2025

Aplica a este perfil

  • Tienen explotaciones agrarias de titularidad compartida
  • No se especifica tamaño mínimo

anexo XI del RD 938/2025

Cómo afecta a los implicados

Las explotaciones agrarias de titularidad compartida deben presentar sus solicitudes de subvención mediante el sistema integrado de gestión y control dentro de 30 días. El plazo comienza desde la publicación del Real Decreto. Las administraciones deben actualizar sus sistemas de gestión para validar las solicitudes. El cambio obliga a los titulares a adaptar sus procesos administrativos a la nueva vía digital, sin opción de presentación presencial.

Qué hacer y antes de cuándo

AcciónReferenciaPlazo
Presentar solicitud de subvención mediante el sistema integrado de gestión y control anexo XI del RD 938/2025 30 días desde la publicación
Verificar cumplimiento de los requisitos del sistema integrado de gestión y control art. 2, 6, 8, 11 del RD 938/2025

Línea de vida

2026-07-08PublicacionPublicación en el BOE
2026-07-08Entra en vigorEntrada en vigor (art. 2 del anexo XI del RD 938/2025)
Sectores afectados
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Información, no asesoramiento.

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