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Fiscal energia

Empresas con instalaciones de cogeneración de alta eficiencia: 30 días para presentar solicitud de régimen retributivo específico

BOE-A-2026-14501

Elaborado y revisado por el equipo editorial BMC  ·  Metodologia Publicado 4 jul 2026, 21:02

Ficha tecnica

Tipo
Real Decreto (que es?)
Identificador
BOE-A-2026-14501
Publicacion
4 jul 2026
Entrada en vigor
4 jul 2026 (en vigor)

Resumen

La Orden TED/672/2026 regula el procedimiento de asignación del régimen retributivo específico en convocatorias para instalaciones de cogeneración de alta eficiencia, estableciendo un plazo de 30 días para la presentación de solicitudes, conforme al Real Decreto 530/2026. Este cambio permite una mayor transparencia y acceso al régimen retributivo para los operadores de cogeneración que cumplan con los criterios de eficiencia establecidos.

En 2 claves

  1. Plazo de 30 días para presentar solicitud de régimen retributivo específico (art. 3)
  2. Aplicable a instalaciones de cogeneración de alta eficiencia (art. 1)

A quien afecta

Aplica a este perfil

  • Poseer instalaciones de cogeneración de alta eficiencia
  • Cumplir con los parámetros técnicos establecidos en el Real Decreto 530/2026

art. 1

Aplica a este perfil

  • Poseer instalaciones de cogeneración de alta eficiencia

Aplica a este perfil

  • Poseer instalaciones de cogeneración de alta eficiencia
  • Cumplir con los parámetros técnicos establecidos en el Real Decreto 530/2026

art. 1

Como afecta a los implicados

Las empresas que operan instalaciones de cogeneración de alta eficiencia deben presentar sus solicitudes dentro de los 30 días siguientes a la publicación de esta orden. Los gestores de proyectos y asesores energéticos deben verificar el cumplimiento de los criterios técnicos y el plazo de presentación. Las administraciones energéticas podrán gestionar el proceso con mayor eficiencia y claridad en la asignación del régimen retributivo.

Que hacer y antes de cuando

Accion Referencia Plazo
Presentar solicitud de régimen retributivo específico dentro de 30 días art. 3 30 días

Linea de vida

2026-07-04PublicacionPublicacion en el BOE
2026-07-04Entra en vigorEntrada en vigor (art. 1)

Recursos BMC para esta norma

Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Informacion, no asesoramiento.

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Este analisis tiene caracter informativo y no constituye asesoramiento juridico ni crea relacion cliente-asesor. BM Consulting.
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