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BOE-A-2026-14472 ·3 de julio de 2026 ·orden Impacto bajo
Fiscal

Empresas con subvenciones no cumplidas: 30 días para presentar alegaciones o multa de hasta 15.000 EUR

La Orden HAC/669/2026 resuelve expedientes por incumplimiento de condiciones de subvenciones regionales. Las empresas afectadas tienen 30 días para presentar alegaciones o enfrentar una multa de hasta 15.000 EUR, según lo establecido en el artículo 82 de la Ley 39/2015 y el artículo 45 del Reglamento de Incentivos Regionales (Real Decreto 899/2007). Este procedimiento se aplica a empresas que no acreditan cumplimiento de las condiciones de las subvenciones concedidas.

En 2 claves

  1. Empresas sin cumplimiento de condiciones: 30 días para alegaciones (art. 82 Ley 39/2015)
  2. Multa máxima de 15.000 EUR por incumplimiento de condiciones (art. 45 Reglamento de Incentivos Regionales (R.D. 899/2007))

A quién afecta

Aplica a este perfil

  • Empresas que recibieron subvenciones regionales
  • Que no acreditaron cumplimiento de condiciones vinculantes

art. 82 Ley 39/2015

Aplica a este perfil

  • Autónomos con subvenciones regionales
  • Que no acreditaron cumplimiento de condiciones

Aplica a este perfil

  • Empresas con subvenciones regionales
  • Que no cumplen condiciones establecidas

art. 45 R.D. 899/2007

Cómo afecta a los implicados

Las empresas que recibieron subvenciones regionales y no cumplen las condiciones establecidas deben actuar en los próximos 30 días para presentar alegaciones. Si no lo hacen, podrán ser sancionadas con hasta 15.000 EUR. Los asesores deben revisar los contratos de subvención y verificar si existen condiciones no cumplidas. Las administraciones regionales podrán iniciar procedimientos de rescisión o sanción. Los trabajadores no están directamente afectados, pero las empresas podrían ver afectada su solvencia financiera.

Línea de vida

2026-07-03PublicacionPublicación en el BOE
2026-07-03Entra en vigorEntrada en vigor (orden HAC/669/2026)
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Información, no asesoramiento.

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Este análisis tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento jurídico ni crea relación cliente-asesor. BM Consulting.
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