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BOE-A-2026-13758 ·25 de junio de 2026 ·Real Decreto Impacto medio
Subvenciones

Organizaciones no gubernamentales: 30 días para presentar solicitud de subvención en cooperación sostenible

El Real Decreto 517/2026 establece que las ONGs pueden presentar solicitudes de subvención para cooperación sostenible bajo el marco del Reglamento 887/2006. Se basa en art. 67 del mismo reglamento y en los arts. 22.2.c) y 28 de la Ley 38/2003. La norma no modifica el monto ni el criterio de selección, pero amplía el acceso a las ONGs en el ámbito de cooperación internacional.

En 3 claves

  1. ONGs pueden presentar solicitudes de subvención en cooperación sostenible (art. 67 del RD 887/2006)
  2. Plazo de 30 días para presentar la solicitud desde la publicación (art. 67 del RD 887/2006)
  3. Aplica a ONGs con actividad en cooperación internacional (art. 22.2.c) y 28 de Ley 38/2003)

A quién afecta

Esta normativa no afecta directamente al perfil pyme.

Esta normativa no afecta directamente al perfil startup.

Esta normativa no afecta directamente al perfil autonomo.

Esta normativa no afecta directamente al perfil particular.

Esta normativa no afecta directamente al perfil gran empresa.

Esta normativa no afecta directamente al perfil no residente.

Cómo afecta a los implicados

Las organizaciones no gubernamentales que actúan en cooperación internacional pueden presentar solicitudes de subvención con un plazo de 30 días desde la publicación (art. 67). Las administraciones deben evaluar las solicitudes conforme a los criterios establecidos en el reglamento. El acceso se amplía a ONGs sin antecedentes previos de subvención en este ámbito. No afecta a empresas ni a particulares.

Qué hacer y antes de cuándo

AcciónReferenciaPlazo
Presentar solicitud de subvención en cooperación sostenible dentro de 30 días art. 67 del RD 887/2006 30 días desde la publicación

Línea de vida

2026-06-25PublicacionPublicación en el BOE
2026-07-05Entra en vigorEntrada en vigor (disposiciones transitorias del RD 517/2026)
Sectores afectados
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Información, no asesoramiento.

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Este análisis tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento jurídico ni crea relación cliente-asesor. BM Consulting.
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