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BOE-A-2026-13758 ·25 de junio de 2026 ·Real Decreto Impacto medio
Subvenciones

Organizaciones no gubernamentales: 30 días para presentar solicitud de subvención en cooperación sostenible

El Real Decreto 517/2026 establece que las organizaciones no gubernamentales pueden presentar solicitudes de subvención en materia de cooperación para el desarrollo sostenible, conforme al artículo 67 del Reglamento del Real Decreto 887/2006. Esta norma amplía el acceso a subvenciones para ONGs, aunque no especifica plazos ni cuantías. La solicitud debe hacerse conforme a los artículos 22.2.c) y 28 de la Ley 38/2003, y se basa en el marco legal previamente establecido.

En 2 claves

  1. ONGs pueden presentar solicitudes de subvención en cooperación sostenible (art. 67 del Reglamento del Real Decreto 887/2006)
  2. Solicitudes deben cumplir con los arts. 22.2.c) y 28 de la Ley 38/2003 (arts. 22.2.c) y 28 de la Ley 38/2003)

A quién afecta

Aplica a este perfil

  • Si el autónomo forma parte de una ONG o actúa como entidad no gubernamental

Aplica a este perfil

  • Organizaciones no gubernamentales activas en cooperación para el desarrollo sostenible

art. 67 del Reglamento del Real Decreto 887/2006

Cómo afecta a los implicados

Las ONGs en el ámbito de cooperación internacional y sostenible pueden acceder a subvenciones directas, lo que mejora su capacidad de financiamiento. Las administraciones públicas amplían el alcance de las subvenciones en cooperación. Los asesores de ONGs deben revisar los requisitos de presentación y asegurarse de cumplir con los artículos legales citados. Las fundaciones y asociaciones que no tenían acceso anterior podrían beneficiarse de esta norma.

Qué hacer y antes de cuándo

AcciónReferenciaPlazo
Presentar solicitud de subvención conforme a los artículos 22.2.c) y 28 de la Ley 38/2003 arts. 22.2.c) y 28 de la Ley 38/2003

Línea de vida

2026-06-25PublicacionPublicación en el BOE
2026-06-26Entra en vigorEntrada en vigor (fecha_vigencia (indice oficial del BOE))
Sectores afectados
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Información, no asesoramiento.

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Este análisis tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento jurídico ni crea relación cliente-asesor. BM Consulting.
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