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BOE-A-2026-13757 ·25 de junio de 2026 ·Real Decreto Impacto medio
Subvenciones

CITpax: 30 días para presentar solicitud de subvención por actividades de paz

El Real Decreto 516/2026 establece la concesión directa de una subvención al Centro Internacional de Toledo para la Paz (CITpax) para actividades en el marco de la política exterior. La solicitud debe presentarse dentro de los 30 días siguientes a la publicación del Real Decreto, conforme al artículo 67 del Reglamento del Real Decreto 887/2006 y a los arts. 22.2.c) y 28 de la Ley 38/2003. Este cambio permite que CITpax acceda a financiación directa sin necesidad de proceso previo de selección.

En 2 claves

  1. CITpax debe presentar solicitud de subvención en 30 días (art. 67 del R.D. 887/2006)
  2. La subvención está vinculada a actividades de política exterior (arts. 22.2.c) y 28 de la Ley 38/2003)

A quién afecta

Aplica a este perfil

  • Organizaciones sin fines de lucro dedicadas a cooperación internacional

Aplica a este perfil

  • Autónomos no relacionados directamente con CITpax

Aplica a este perfil

  • Empresas no vinculadas a actividades de paz o cooperación internacional

Cómo afecta a los implicados

Para CITpax, se genera una oportunidad de acceso directo a financiación para actividades de paz. Las administraciones de cooperación internacional podrían optimizar el proceso de asignación de recursos. Los asesores de organizaciones internacionales deben verificar si el plazo de presentación se aplica a sus clientes. Los actores del sector de cooperación internacional podrían beneficiarse de una mayor agilidad en la concesión de subvenciones.

Qué hacer y antes de cuándo

AcciónReferenciaPlazo
Presentar solicitud de subvención dentro de los 30 días siguientes a la publicación art. 67 del R.D. 887/2006 30 días

Línea de vida

2026-06-25PublicacionPublicación en el BOE
2026-06-26Entra en vigorEntrada en vigor (fecha_vigencia (indice oficial del BOE))
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Información, no asesoramiento.

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Este análisis tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento jurídico ni crea relación cliente-asesor. BM Consulting.
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