El Real Decreto 516/2026 establece que el Centro Internacional de Toledo para la Paz (CITpax) debe presentar un proyecto de actividades en el marco de la política exterior de España, conforme al art. 67 del Reglamento del Real Decreto 887/2006. Esta obligación se deriva de la normativa de cooperación internacional y relaciones externas establecida en los arts. 22.2.c) y 28 de la Ley 38/2003. No se especifica un plazo de presentación en el texto disponible.
Esta normativa no afecta directamente al perfil pyme.
Esta normativa no afecta directamente al perfil startup.
Esta normativa no afecta directamente al perfil autonomo.
Esta normativa no afecta directamente al perfil particular.
Esta normativa no afecta directamente al perfil gran empresa.
Esta normativa no afecta directamente al perfil no residente.
CITpax debe elaborar y presentar un proyecto de actividades vinculado a la política exterior de España. No hay efectos directos en empresas, autónomos o particulares. La obligación es exclusiva del centro designado y no genera cambios en el acceso a subvenciones para otros actores del sector agro o cooperación internacional.
| Acción | Referencia | Plazo |
|---|---|---|
| El CITpax debe elaborar y presentar un proyecto de actividades en el marco de la política exterior de España | art. 67 del RD 887/2006 |
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