El Real Decreto 489/2026 establece el certificado profesional en asistencia clínica en centros veterinarios, con currículo y ofertas de grados A y B. Modifica el anexo V del Real Decreto 404/2025 alineándolo con la Ley Orgánica 3/2022 y el Real Decreto 659/2023. El cambio afecta a centros que ofrezcan formación en asistencia clínica en animales.
Aplica a este perfil
art. 1
Esta normativa no afecta directamente al perfil autonomo.
art. 1
Aplica a este perfil
art. 1
Los centros veterinarios que ofrezcan formación en asistencia clínica deben actualizar su currículo y ofertas de grados A y B según el nuevo certificado (art. 2). Las empresas en el sector agrario que ofrezcan formación profesional deben adaptar sus programas en los próximos 3 meses. El cambio no afecta a centros que no ofrezcan formación en animales.
| Acción | Referencia | Plazo |
|---|---|---|
| Incorporar el nuevo currículo del certificado profesional en asistencia clínica | art. 1 | 3 meses desde entrada en vigor |
| Actualizar ofertas de grados A y B en formación profesional | disp. transitoria 2 | 3 meses desde entrada en vigor |
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