Ir al contenido
MEDIO
Laboral deporte-ocio

Empresas organizadoras de bingo: 1 de enero de 2025 para aplicar el nuevo convenio colectivo

BOE-A-2026-12999

Elaborado y revisado por el equipo editorial BMC  ·  Metodologia Publicado 15 jun 2026, 19:42

Ficha tecnica

Tipo
Resolucion (que es?)
Identificador
BOE-A-2026-12999
Publicacion
15 jun 2026
Entrada en vigor
1 ene 2025 (en vigor)

Resumen

La Resolución de 2 de junio de 2026 publica el Convenio colectivo marco estatal para empresas organizadoras de bingo, que entra en vigor el 1 de enero de 2025, conforme al artículo 90.2 y 3 del Real Decreto Legislativo 2/2015. Este convenio establece las condiciones laborales aplicables a estas empresas desde esa fecha, con vigencia hasta el 31 de diciembre de 2028 y posibilidad de prorrogar.

En 2 claves

  1. El convenio entra en vigor el 1 de enero de 2025 (art. 90.2 y 3 del RDL 2/2015)
  2. Vigencia hasta el 31 de diciembre de 2028, prorrogable (art. 90.2 y 3 del RDL 2/2015)

A quien afecta

Aplica a este perfil

  • Empresas organizadoras de bingo

Aplica a este perfil

  • No aplica directamente, ya que el convenio es para empresas organizadoras

Aplica a este perfil

  • Empresas organizadoras de bingo

Como afecta a los implicados

Las empresas organizadoras de bingo deben aplicar las condiciones del nuevo convenio colectivo desde el 1 de enero de 2025. Los trabajadores beneficiarán de las condiciones laborales establecidas en el convenio. Los asesores laborales deben verificar el cumplimiento del convenio en sus clientes. Las administraciones competentes podrán supervisar el cumplimiento de las condiciones laborales establecidas.

Linea de vida

2026-06-15PublicacionPublicacion en el BOE
2025-01-01Entra en vigorEntrada en vigor (art. 90.2 y 3 del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre)

Recursos BMC para esta norma

Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Informacion, no asesoramiento.

Esta norma te afecta?

El equipo laboral revisa tu situacion concreta.

Hablar con el equipo laboral
Este analisis tiene caracter informativo y no constituye asesoramiento juridico ni crea relacion cliente-asesor. BM Consulting.
Email
Contacto