La Presidencia de la AECID reconoce la calificación como Organización No Gubernamental de Desarrollo (ONGD) a la Fundación de Ayuda, Intercambio y Desarrollo Activo (AIDA) por sucesión de la anterior Asociación AIDA (Antecedente Quinto). La transformación se produjo mediante una cesión global de activos y pasivos con efectos jurídicos desde el 1 de enero de 2025 (Antecedente Cuarto). La Fundación asume íntegramente la titularidad de las relaciones jurídicas, subvenciones y proyectos de la asociación predecesora (Antecedente Cuarto).
Esta normativa no afecta directamente al perfil pyme.
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Para la Fundación AIDA, la resolución garantiza la continuidad de su condición de ONGD y la subrogación en subvenciones solicitadas o aprobadas en 2025, así como en proyectos en ejecución o pendientes de justificación (Antecedente Cuarto). La entidad debe mantener el calendario de revisión bienal de su calificación y cumplir con la entrega de documentación exigida por la AECID (Antecedente Cuarto).
| Acción | Referencia | Plazo |
|---|---|---|
| Cumplir con el procedimiento ordinario de revisión bienal de la calificación | Resolución de 17 de septiembre de 2013, apartado II | según correspondiera a la entidad sucedida |
| Aportar la documentación prevista en la normativa de la AECID | Resolución de 17 de septiembre de 2013, apartado I.7 |
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