Ir al contenido
BOE-A-2026-12769 ·12 de junio de 2026 ·acuerdo Impacto medio
Fiscal

Miembros de la Carrera Judicial y alumnos de la Escuela Judicial: 3 meses para presentar solicitudes de ayudas de formación

El acuerdo aprueba ayudas para formación de miembros de la Carrera Judicial, alumnos en prácticas o sustitución, y actividades auspiciadas por Asociaciones Judiciales. Se establece un plazo de 3 meses para presentar solicitudes, en línea con la necesidad de formación continua y especializada. Este cambio refuerza la formación permanente como eje del Poder Judicial independiente y eficaz (art. 3).

En 2 claves

  1. Plazo de 3 meses para presentar solicitudes de ayudas de formación (art. 3)
  2. Formación continua, individualizada y especializada obligatoria para todos los miembros de la Carrera Judicial (art. 1)

A quién afecta

Aplica a este perfil

Consulta tu situacion concreta con el equipo.

Aplica a este perfil

Consulta tu situacion concreta con el equipo.

Aplica a este perfil

Consulta tu situacion concreta con el equipo.

Aplica a este perfil

Consulta tu situacion concreta con el equipo.

Aplica a este perfil

Consulta tu situacion concreta con el equipo.

Aplica a este perfil

Consulta tu situacion concreta con el equipo.

Cómo afecta a los implicados

Los miembros de la Carrera Judicial y los alumnos en prácticas deben presentar solicitudes de ayudas dentro del plazo establecido. Las Asociaciones Judiciales que organizaran actividades formativas deben verificar la conformidad con los criterios. Los asesores de formación deben orientar a los solicitantes sobre el proceso y plazos. El Consejo General del Poder Judicial no cambia su competencia, pero amplía el marco de financiación para actividades formativas.

Qué hacer y antes de cuándo

AcciónReferenciaPlazo
Presentar solicitud de ayuda para actividades de formación dentro de los 3 meses art. 3 3 meses

Línea de vida

2026-06-12PublicacionPublicación en el BOE
2026-06-12Entra en vigorEntrada en vigor (art. 1)
Sectores afectados
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Información, no asesoramiento.

¿Esta norma te afecta?

El equipo fiscal revisa tu situación concreta.

Hablar con el equipo fiscal
Este análisis tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento jurídico ni crea relación cliente-asesor. BM Consulting.
Email
Contacto