La Secretaría General de Pesca publica el nuevo listado de denominaciones comerciales permitidas para especies pesqueras y de acuicultura en España, de conformidad con el Real Decreto 1082/2025 y el Reglamento (UE) 1379/2013. Esta resolución deroga la anterior lista publicada el 25 de febrero de 2026, estableciendo un nuevo marco de denominaciones válidas para su comercialización.
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Los agentes del sector pesquero y de acuicultura (comercializadores, mayoristas y minoristas) deben asegurar que las denominaciones utilizadas en el etiquetado y la venta de sus productos coincidan con el nuevo listado publicado para evitar infracciones por uso de denominaciones no admitidas. La transición respecto al listado anterior es efectiva a partir del 11 de junio de 2026.
| Acción | Referencia | Plazo |
|---|---|---|
| Verificar que las denominaciones comerciales de los productos pesqueros y de acuicultura cumplen con el nuevo listado | antes del 11 de junio de 2026 |
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