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BOE-A-2026-12124 ·5 de junio de 2026 ·Resolución Impacto bajo
Fiscal

Designación de la Comisión Evaluadora única para la prueba de aptitud profesional de la Abogacía 2026

Se designan los miembros titulares y suplentes de la Comisión Evaluadora única para la prueba de aptitud profesional de la Abogacía correspondiente al año 2026. Debido al número de aspirantes y a la modalidad online de la prueba, se establece una única comisión con sede en la Comunidad de Madrid (art. 19.2 del RD 775/2011). La resolución establece la composición de la comisión y los mecanismos de recusación y recurso aplicables.

En 3 claves

  1. Se establece una única Comisión Evaluadora con sede en la Comunidad de Madrid por la realización online de la prueba. (Resolución de 1 de junio de 2026)
  2. Posibilidad de interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses desde su publicación. (Ley 29/1998)
  3. Posibilidad de interponer recurso de reposición en el plazo de un mes ante la persona titular del departamento. (Ley 39/2015)

A quién afecta

Aplica a este perfil

  • Aspirantes a la prueba de aptitud profesional para el ejercicio de la profesión de la Abogacía 2026

Cómo afecta a los implicados

Para los aspirantes a la profesión de la Abogacía, la resolución formaliza el órgano encargado de evaluar su aptitud profesional en 2026. Los candidatos cuentan con la posibilidad de recusar a los miembros de la comisión según la Ley 40/2015 (art. 24) y pueden impugnar la resolución mediante recurso de reposición (un mes) o contencioso-administrativo (dos meses).

Qué hacer y antes de cuándo

AcciónReferenciaPlazo
Interponer recurso de reposición si se desea impugnar la resolución de forma previa Ley 39/2015 1 mes
Interponer recurso contencioso-administrativo contra la resolución Ley 29/1998 2 meses

Línea de vida

2026-06-05PublicacionPublicación en el BOE
Sectores afectados
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Información, no asesoramiento.

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