El Real Decreto 453/2026 establece el régimen de concesión directa de subvenciones a entidades locales y a la Federación Española de Municipios y Provincias para actuaciones de búsqueda, localización y exhumación de restos de víctimas de la Guerra de España y la dictadura. Se basa en la Ley 20/2022 y el Real Decreto 887/2006. Las solicitudes deben presentarse dentro de un plazo de seis meses desde la entrada en vigor (art. 3).
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Los ayuntamientos, diputaciones provinciales y la Federación Española de Municipios y Provincias deben presentar solicitudes de subvención para actuaciones de búsqueda y exhumación de restos de víctimas de la Guerra de España y la dictadura. El plazo de presentación es de seis meses desde la entrada en vigor. El Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática supervisa el proceso. No hay efectos para particulares, autónomos o empresas privadas.
| Acción | Referencia | Plazo |
|---|---|---|
| Presentar solicitud de subvención para actuaciones de búsqueda y exhumación de restos de víctimas | art. 3 | 6 meses desde entrada en vigor |
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