Empresas de trabajo temporal: 4 de junio de 2026 para aplicar el nuevo convenio colectivo de 360 Recursos Humanos ETT, SL
Ficha tecnica
Resumen
El convenio colectivo de 360 Recursos Humanos ETT, SL se registra y publica por resolución de la Dirección General de Trabajo, y entra en vigor el 4 de junio de 2026, con efecto hasta el 31 de diciembre de 2030, prorrogable. Este acuerdo establece condiciones laborales específicas para empresas de trabajo temporal, que deben aplicarlo desde la fecha de entrada en vigor.
En 2 claves
- El convenio entra en vigor el 4 de junio de 2026 (art. 90.2 y 3 del RDL 2/2015)
- Efecto hasta el 31 de diciembre de 2030, prorrogable (art. 90.2 y 3 del RDL 2/2015)
A quien afecta
Aplica a este perfil
- Empresas de trabajo temporal
- Con independencia del tamaño
art. 90.2 y 3 del RDL 2/2015
Aplica a este perfil
- Autónomos que contraten trabajadores temporales
Aplica a este perfil
- Empresas de trabajo temporal con más de 249 trabajadores
Como afecta a los implicados
Para las empresas de trabajo temporal, desde el 4 de junio de 2026 deben aplicar las condiciones del nuevo convenio colectivo, lo que puede modificar jornadas, salarios o beneficios. Los trabajadores afectados obtienen nuevas condiciones laborales. Los asesores deben verificar la vigencia del convenio y asegurarse de que las empresas cumplan con las nuevas normas. Las administraciones deben actualizar sus registros laborales.
Que hacer y antes de cuando
| Accion | Referencia | Plazo |
|---|---|---|
| Verificar aplicación del nuevo convenio colectivo desde el 4 de junio de 2026 | art. 90.2 y 3 del RDL 2/2015 |
Linea de vida
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