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BOE-A-2026-11851 ·3 de junio de 2026 ·Ley Impacto alto
Administrativo

Los ciudadanos pueden exigir acceso a información pública en Euskadi con nueva disposición adicional a la Ley 1/2012, plazo de 30 días para respuesta

La Ley 3/2026 añade una disposición adicional a la Ley 1/2012 sobre acceso a la información, que establece un plazo de 30 días para la respuesta a las solicitudes de acceso a datos públicos (disp. adic. 7). Este plazo se aplica a todos los ciudadanos que presenten una solicitud formal. La norma se enmarca en el Estatuto de la Comunidad Autónoma del País Vasco (art. 10.2, 6 y 24 de la LO 3/1979).

En 2 claves

  1. Solicitudes de acceso a información pública responden en 30 días (disp. adic. 7)
  2. Aplica a todos los ciudadanos en el País Vasco (art. 10.2, 6 y 24 de LO 3/1979)

A quién afecta

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  • Empresas con sede en el País Vasco que requieran acceso a información pública

disp. adic. 7

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  • Autónomos con sede en el País Vasco que soliciten información pública

disp. adic. 7

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  • Solicitantes de acceso a información pública en el País Vasco

disp. adic. 7

Cómo afecta a los implicados

Los ciudadanos pueden presentar solicitudes de acceso a información pública con garantía de respuesta en un plazo de 30 días (disp. adic. 7). Las administraciones públicas del País Vasco deben responder dentro de ese plazo, sin posibilidad de prorrogas. El cambio mejora la transparencia y el derecho de acceso a datos, especialmente en entidades que antes no tenían mecanismos claros de respuesta. El plazo se aplica a todos los solicitantes, sin distinción de sector o entidad.

Qué hacer y antes de cuándo

AcciónReferenciaPlazo
Presentar solicitud formal de acceso a información pública en el País Vasco disp. adic. 7 30 días desde la recepción de la solicitud

Línea de vida

2026-06-03PublicacionPublicación en el BOE
2026-05-25Entra en vigorEntrada en vigor (publicada en el BOPV núm. 96, de 25 de mayo de 2026)
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Información, no asesoramiento.

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