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BOE-A-2026-11612 ·29 de mayo de 2026 ·acuerdo Impacto bajo
Fiscal

Tribunal de Instancia de Santander: modificación de las normas de reparto de la Sección de lo Contencioso-Administrativo

El Tribunal Superior de Justicia de Cantabria modifica las normas de reparto de asuntos de la Sección de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal de Instancia de Santander (art. 1). Se establece que la clasificación de los asuntos debe respetar la homogeneidad aprobada por el CGPJ y se utilizará un tratamiento informatizado para el reparto (art. 2). Asimismo, se regulan criterios específicos para asuntos urgentes, procedimientos especiales de entrada en domicilios y la competencia rotatoria en materia electoral (art. 3, 4 y 5).

En 3 claves

  1. Los asuntos urgentes que no puedan someterse a reparto permitirán al Presidente adoptar medidas inaplazables (art. 3). (art. 3)
  2. El reparto de procedimientos de entrada en domicilios (clase 304-05) se hará por antecedentes al órgano del recurso (art. 4). (art. 4)
  3. La competencia en procesos electorales se determinará mediante un turno rotatorio entre las tres plazas (art. 5). (art. 5)

A quién afecta

Aplica a este perfil

  • Litigantes en procesos contencioso-administrativos en Santander

art. 1

Cómo afecta a los implicados

Para los litigantes en la provincia de Cantabria, la norma garantiza la continuidad de los criterios de reparto del CGPJ y la automatización del proceso (art. 2). En procedimientos de entrada en domicilios (clase 304-05), el reparto se realizará por antecedentes al órgano que tramite el recurso contencioso-administrativo correspondiente (art. 4). En materia electoral, se mantiene un sistema de turno rotatorio entre las tres plazas de lo contencioso para elecciones generales, autonómicas y locales (art. 5).

Línea de vida

2026-05-29PublicacionPublicación en el BOE
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Información, no asesoramiento.

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