El Tribunal Superior de Justicia de Cantabria modifica las normas de reparto de asuntos de la Sección de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal de Instancia de Santander (art. 1). Se establece que la clasificación de los asuntos debe respetar la homogeneidad aprobada por el CGPJ y se utilizará un tratamiento informatizado para el reparto (art. 2). Asimismo, se regulan criterios específicos para asuntos urgentes, procedimientos especiales de entrada en domicilios y la competencia rotatoria en materia electoral (art. 3, 4 y 5).
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art. 1
Para los litigantes en la provincia de Cantabria, la norma garantiza la continuidad de los criterios de reparto del CGPJ y la automatización del proceso (art. 2). En procedimientos de entrada en domicilios (clase 304-05), el reparto se realizará por antecedentes al órgano que tramite el recurso contencioso-administrativo correspondiente (art. 4). En materia electoral, se mantiene un sistema de turno rotatorio entre las tres plazas de lo contencioso para elecciones generales, autonómicas y locales (art. 5).
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