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La Resolución de 11 de mayo de 2026 publica el acuerdo definitivo de revisión salarial para el año 2025 del XVIII Convenio colectivo de Iberia Líneas Aéreas de España, SA, Operadora, SU y sus tripulantes de cabina de pasajeros. El acuerdo se regula conforme al art. 90.2 y 3 del RDL 2/2015 y al Real Decreto 713/2010. Se establece un plazo de tres meses para su aplicación por parte de las empresas contratantes.
Esta normativa no afecta directamente al perfil gran empresa.
Los tripulantes de cabina de pasajeros de Iberia Líneas Aéreas de España, SA, Operadora, SU, y sus contratantes directos, pasan a beneficiarse de las nuevas tablas salariales del 2025. Las empresas deben ajustar sus pagos salariales en el plazo de tres meses a partir de la publicación. No hay cambios para otros sectores ni trabajadores fuera de este convenio.
| Acción | Referencia | Plazo |
|---|---|---|
| Aplicar las nuevas tablas salariales del 2025 para tripulantes de cabina de pasajeros | art. 90.2 y 3 del RDL 2/2015 | 3 meses desde la publicación |
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