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BOE-A-2026-10652 ·16 de mayo de 2026 ·Resolución Impacto bajo
Fiscal

Instalaciones eléctricas categoría A en territorios no peninsulares: se establece el valor de la retribución por inversión (CIn) para 2026

La Dirección General de Política Energética y Minas establece los valores de la anualidad de la retribución por inversión (CIn) para el año 2026 aplicables a las instalaciones de categoría A en los sistemas eléctricos de territorios no peninsulares (art. 24 RD 738/2015). Esta retribución se compone de la amortización de la inversión y la retribución financiera, esta última fijada en un 6,58% para el tercer periodo regulatorio (2026-2031) según el RD-ley 7/2026 (disp. adicional segunda).

En 2 claves

  1. Tasa de retribución financiera del 6,58% para el tercer periodo regulatorio (2026-2031), disp. adicional segunda RD-ley 7/2026 (disp. adicional segunda RD-ley 7/2026)
  2. La CIn se compone de la retribución por amortización y la retribución financiera, art. 24 RD 738/2015 (art. 24 RD 738/2015)

A quién afecta

Esta normativa no afecta directamente al perfil pyme.

Esta normativa no afecta directamente al perfil autonomo.

Aplica a este perfil

  • Empresas productoras de energía eléctrica de categoría A en territorios no peninsulares

art. 24 RD 738/2015

Cómo afecta a los implicados

Para las empresas de producción de energía eléctrica de categoría A en territorios no peninsulares, la resolución determina el importe exacto que percibirán en concepto de CIn durante 2026 (anexo). El cálculo de la retribución financiera se ve afectado por la tasa del 6,58% establecida para el periodo 2026-2031 (disp. adicional segunda RD-ley 7/2026). Las instalaciones que ya tenían valor de inversión reconocido mantienen dicho valor y su método de amortización hasta el fin de su vida útil regulatoria (disp. transitoria undécima RD 738/2015).

Línea de vida

2026-05-16PublicacionPublicación en el BOE
Sectores afectados
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Información, no asesoramiento.

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Este análisis tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento jurídico ni crea relación cliente-asesor. BM Consulting.
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