Los colindantes: 30 días para oponerse a inscripción de representación gráfica georreferenciada
Ficha tecnica
Resumen
La resolución suspende la inscripción de una representación gráfica georreferenciada por oposición de colindante, conforme al artículo 199.2 de la Ley Hipotecaria. El plazo para oponerse es de 30 días desde la notificación de la solicitud (art. 199.2). Este mecanismo protege los derechos de propiedad colindante en procedimientos de inscripción de representaciones gráficas.
En 2 claves
- Los colindantes tienen 30 días para oponerse a la inscripción (art. 199.2)
- La inscripción se suspende hasta que se resuelva la oposición (art. 199.2)
A quien afecta
Aplica a este perfil
- Propiedades con fincas colindantes en procedimientos de representación gráfica
Aplica a este perfil
- Autónomos con fincas colindantes en procedimientos de representación gráfica
Aplica a este perfil
- Propietarios de fincas colindantes a una finca en proceso de inscripción de representación gráfica
art. 199.2
Aplica a este perfil
- Propietarios extranjeros con fincas colindantes en procedimientos de representación gráfica
art. 199.2
Como afecta a los implicados
Los propietarios colindantes deben actuar en los 30 días siguientes a la notificación para oponerse, de lo contrario la inscripción podría proceder. Los registradores y notarios deben notificar a los colindantes con precisión. Las administraciones de registro deben garantizar la transparencia en la notificación. Los asesores deben verificar el plazo de oposición para no dejar de actuar en tiempo útil.
Que hacer y antes de cuando
| Accion | Referencia | Plazo |
|---|---|---|
| Verificar si se ha notificado la solicitud de inscripción de representación gráfica | art. 199.2 | 30 días desde la notificación |
Linea de vida
Recursos BMC para esta norma
- cumplimiento-fiscal/impuesto-sociedadesVer servicio →